A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Martinez Ospina Edgar Alexander·Respondent Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios De Acueducto Alcantarillado Y Aseo Del Municipio De Armero Guayabal Espag Sa Esp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre prestaciones laborales promovidas por trabajadores oficiales causadas en virtud de contrato de trabajo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito de Lérida, Tolima, y el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Ibagué.
La controversia entre los Despachos se presenta por demanda instaurada por un ciudadano, contra la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de Armero Guayabal (ESPAG SA ESP), con la cual pretende que se declare que entre él y dicha entidad existió una relación laboral, vínculo que inicialmente, se encubrió mediante la suscripción de contratos de prestación de servicios y posteriormente a través de contratos de trabajo a término fijo.
El demandante sostiene que la accionada no le reconoció las prestaciones que le corresponden por las labores que desarrolló, por tanto, pide se le condene a pagarlas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, para la Sala Plena, considera pertinente ajustar el caso a las previsiones de los Autos 863 de 2021 y 046 de 2023, para reiterar la regla de decisión de éste último, de acuerdo con la cual, la jurisdicción ordinaria laboral es competente para conocer las demandas en las que se solicita declarar la existencia de una relación laboral con una entidad pública -empresa de servicios públicos domiciliarios-, que aplica por regla general la vinculación de trabajadores oficiales y cuando no es posible desvirtuar prima facie la aplicación de dicha regla en el caso.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Civil del Circuito de Lérida, Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Ibagué y a los interesados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito de Lérida, Tolima, y el Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Ibagué. En consecuencia, DECLARAR que el Juzgado Civil del Circuito de Lérida, Tolima, es competente para conocer el proceso promovido por Édgar Alexander Martínez Ospina contra la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de Armero Guayabal.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4916 al Juzgado Civil del Circuito de Lérida, Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Ibagué y a los interesados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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